NO ES RESTRICTIVO EL MANUAL DE COALICIONES

Linda Zavala

En sesión pública ordinaria, el pleno del Tribunal Electoral que preside el magistrado Reynaldo Lazcano Fernández,  resolvió que el Manual para Conformar Coaliciones no es restrictivo y que tutela el derecho de los institutos políticos de participar en el proceso electoral, independientemente que tengan o no la intención de coaligarse.

En este contexto, el Pleno determinó por unanimidad, declarar  infundados los agravios presentados por los Partidos Acción Nacional y Nueva Alianza respecto a su apreciación  y queja de restricciones en el manual  para conformar Coaliciones.

 


En esta sesión, los magistrados Reynaldo Lazcano Fernández, Gabriel González Alegría y Antonio Oropesa Barbosa determinaron solicitar al Consejo General del Instituto Electoral que en el término de siete días modifique y armonice el contenido del Reglamento para la Tramitación de Denuncias, con la finalidad de que las disposiciones del mismo no sean contradictorias entre sí y evitar que las determinaciones pudiesen violar los derechos de los gobernados.

Esta fue la resolución emitida a la apelación presentada por el Partido Convergencia.

También los magistrados electorales conocieron y resolvieron la impugnación hecha por el representante del Partido Acción Nacional sobre el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado en el que se instruye a su Comité de Adquisiciones efectúe el arrendamiento de un inmueble para la operación de ese organismo electoral por considerarlo inadecuado para tal fin.

Asimismo, el Pleno resolvió por unanimidad infundados los agravios del Partido Acción Nacional en relación a la renta de un inmueble que utilizará el Instituto estatal electoral durante los comicios del presente año.

También determinó no sancionar dos procesos de fiscalización presentados en contra del Partido Socialdemócrata relacionados con sus gastos de campaña durante los comicios próximos pasados.