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La declaratoria de país libre de mionecrosis infecciosa favorece el estatus sanitario y, consecuentemente, ayuda a la apertura y conservación de los mercados nacionales e internacionales de camarón, productos y subproductos originarios de México.
El acuerdo publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación impacta positivamente en el fomento de la producción de camarón de cultivo nacional, cuyo valor asciende a más de cuatro mil 062 millones de pesos, haciéndola más competitiva y rentable.
Adicionalmente, la declaratoria de país libre de mionecrosis infecciosa favorece el estatus sanitario y, consecuentemente, ayuda a la apertura y conservación de los mercados nacionales e internacionales de camarón, productos y subproductos originarios de México.
Para llegar a la demostración científica, se tomaron muestras de branquias a los crustáceos procedentes de granjas camaronícolas e instalaciones acuícolas a nivel nacional y se procesaron en laboratorios oficiales.
La evidencia científica permite considerar a la mionecrosis infecciosa en el camarón de cultivo como una enfermedad exótica para México, ya que hasta el momento no se ha identificado la presencia del agente viral en los cultivos de camarón del territorio nacional.
La mionecrosis infecciosa es una enfermedad viral que provoca altos niveles de mortalidad en los cultivos de camarón y que se caracteriza por presentar síntomas similares a la gangrena, ocasionando la muerte de fibras musculares, por lo que genera fuertes pérdidas a los productores; este padecimiento fue inscrito, en 2007, en la Lista de la Organización Mundial de Salud Animal (OIE).
Cabe recordar que es facultad de la SAGARPA participar en la determinación de niveles de incidencia y reconocer las zonas libres y de baja prevalencia de enfermedades y plagas pesqueras y acuícolas.
La publicación de este acuerdo es resultado del trabajo conjunto del Gobierno Federal, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), los Gobiernos Estatales y los productores de camarón organizados del país, quienes han desarrollado una efectiva vigilancia epidemiológica, así como actividades de diagnóstico y prevención que han permitido demostrar la ausencia del virus de mionecrosis infecciosa.
El acuerdo indica que con el fin de garantizar que el territorio mexicano permanezca libre de la enfermedad de mionecrosis infecciosa, deben seguir observándose las medidas sanitarias de vigilancia epidemiológica, prevención, diagnóstico, trazabilidad, control de la movilización, transporte, tránsito, comercialización e importación de nauplios, larvas, postlarvas, reproductores, productos y subproductos derivados del camarón de conformidad con los artículos 104, 109, 110, 112, 113, 114 y 116 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
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