- Viernes, 08 Julio 2011 04:29
Hipólito Contreras
Es falso que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje haya negado la toma de nota al Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Puebla (SUTCOBP), para obtenerla debe cumplir con los requisitos legales previstos en los estatutos sindicales y los previstos en la Ley Federal del Trabajo.
Horacio Garmendia Salman, presidente de la Junta Local, informó que los requisitos legales y formales no han sido cumplidos totalmente por el sindicato toda vez que en virtud de una suspensión otorgada en el juicio de amparo 816/2011 radicado en el Juzgado Sexto de Distrito en el estado de Puebla, las modificaciones solicitadas a los estatutos no han sido registrados por esta Junta.
Explicó que exista una imposibilidad jurídica y material para que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje se pronuncie en la solicitud del Sindicato en tanto no exista una sentencia definitiva en el juicio de amparo, esto es, que la actuación jurídica del sindicato tuvo como consecuencia que no se pueda continuar con el trámite legal correspondiente.
Informó que esta situación fue hecha del conocimiento del sindicato mediante auto de fecha 9 de junio del año en curso, notificado por estrados de la Junta en la misma fecha, conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Negó Garmendia Salman que el Tribunal Laboral de forma alguna haya vulnerado los derecho del sindicato, reitero, dijo, el respeto irrestricto a la autonomía de la vida interna de los sindicatos y mi compromiso de apego total a la legalidad.