- Jueves, 28 Enero 2010 22:00
Puebla, Pue.-La Contraloría Interna del Instituto Electoral del Estado instaló buzones de quejas y denuncias en los 26 Consejos Distritales Electorales de la entidad, con el propósito de establecer un canal para que los ciudadanos presenten sus inconformidades respecto al trabajo que desempeña el personal del Organismo, así como de los Órganos Transitorios durante el desarrollo del Proceso Electoral Estatal Ordinario 2009-2010.
Estos buzones también serán colocados en las cabeceras de los Consejos Municipales, los cuales se instalarán en el mes de febrero para el proceso electoral mediante el cual se renovará al Gobernador, Diputados Locales y 217 Ayuntamientos.
Las quejas y denuncias que por estas vías lleguen al Organismo serán resueltas por la Contraloría y aquellas que no sean de su competencia serán turnadas a las instancias competentes.
De acuerdo con la Normatividad Interna de Responsabilidades, incurren en faltas administrativas los funcionarios electorales o administrativos, así como empleados del Instituto que no cumplan una o más de las obligaciones que con ese carácter tienen, tales como:
• Cumplir con máxima eficiencia las actividades encomendadas.
• Utilizar exclusivamente para los fines que estén destinados, los recursos que tengan asignados para su desempeño de su cargo o comisión.
• Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión conserve a su cuidado o a la cual tenga acceso.
• Abstenerse de ejercer las funciones de su empleo, cargo o comisión después de concluido el periodo para el cual se le asignó.
Cabe mencionar que la Contraloría Interna del IEE es ajena a los delitos electorales de los Funcionarios Electorales tipificados en el Código de Defensa Social del Estado de Puebla, relativos a obstaculizar o interferir en el desarrollo de la jornada electoral; impedir que se instale, abra o cierre dolosamente la casilla, fuera de los tiempos previstas por la ley; expulse de una casilla sin causa justificada a un representante partidista, permita votar a quien no tenga derecho o no tome las medidas necesarias para evitar actividades que atenten contra la libertad y el secreto de voto.