Las decisiones administrativas deben apegarse a los principios y procedimientos establecidos por la ley y la obediencia que todos debemos a esta y no puede ser suspendida o eliminada a partir de las críticas, inconveniencias o dificultades técnicas en su aplicación. Asumir lo contrario equivaldría a renunciar a la protección de los derechos, de la legalidad y, con ello, a la democracia, puntualizó la Magistrada Janine Madeline Otála Malassis al indicar que los órganos electorales pueden diferir en opiniones pero esto no representa conflictos entre instituciones.

 

Declaraciones que están relacionadas con las recientes decisiones del Tribunal Electoral y las reacciones que generaron por parte del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y de los medios de comunicación. “ La narrativa que hemos presenciado hace referencia a un pretendido conflicto de la autoridad encargada de organizar las elecciones con el Tribunal, órgano encargado de revisar los actos de la autoridad administrativa cuando algún actor político se inconforma con ellos”. 

“Creo que es pertinente dejar en claro que en ningún caso hemos estado en presencia de conflicto alguno. Y es que semejante expresión resulta errónea, pues con toda propiedad no es factible hablar de conflicto cuando un tribunal, en pleno ejercicio de sus funciones constitucionales, modifica o revoca la determinación de otro órgano público, el cual, por su parte, se limita –en ocasiones– a lamentar la decisión, pero invariablemente cumple con lo fallado”. 

Estamos en presencia, eso sí, de una especie de tensión, producto del diferendo de opiniones sobre un tema específico. Estos desencuentros o desavenencias suceden por ser el resultado natural de las funciones que al INE y al Tribunal Electoral les corresponde desarrollar en el diseño institucional que tenemos y en el que, siguiendo a Ferrajoli, ambas son instituciones electorales de garantía, una aplicando la ley y otra revisando esta aplicación. Es por ello que en el Tribunal Electoral siempre hemos respetado el principio de federalismo judicial.  

Al hablar  de autonomía e independencia resaltó:” Se gana autonomía, cuando se actúa con criterios objetivos y apegados a la ley. Se gana independencia, cuando no dejamos que terceros —sean actores políticos, partidos u otras instituciones— influyan o interfieran en nuestra decisión. 

En este orden de  ideas, enfatizó: “Quiero destacar la necesidad de que, entre todos, sensibilicemos a los congresos para que los tribunales electorales cuenten con un porcentaje fijo del presupuesto, tanto en año de proceso electoral, como en los años en que no se celebren elecciones. Sin duda, esta medida fortalecerá la independencia de los tribunales electorales y garantizará su adecuado funcionamiento.