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El nuevo estatus fitosanitario contribuye a elevar la productividad y la competitividad de los productores de aguacate de los cuatro municipios de Nayarit, Jalisco y Estado de México, ya que no tendrán restricciones para la exportación.
El nuevo estatus fitosanitario contribuye a elevar la productividad y la competitividad de los productores de aguacate de los cuatro municipios de Nayarit, Jalisco y Estado de México, ya que no tendrán restricciones para la exportación, ni para la movilización de su producto, además de que al estar libres de esas plagas se eleva la productividad y se obtiene un fruto de mayor calidad.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) declaró como zona libre de las plagas conocidas como los barrenadores del aguacate, a los municipios de San Pedro Lagunillas del estado de Nayarit; Valle de Guadalupe y Arandas, Jalisco, y Donato Guerra, Estado de México.
El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) indica que los mencionados municipios están libres de las plagas: barrenador grande del hueso del aguacate (Heilipus lauri), barrenador pequeño del hueso del aguacate (Conotrachelus aguacatae y C. perseae) y de la palomilla barrenadora del hueso (Stenoma catenifer).
La publicación de este acuerdo, firmado por el titular de la SAGARPA, José Calzada Rovirosa, fortalece el objetivo de mejorar los estatus fitosanitarios de las zonas aguacateras en México, así como el comercio nacional e internacional del aguacate.
El nuevo estatus fitosanitario contribuye a elevar la productividad y la competitividad de los productores de aguacate de los cuatro municipios de Nayarit, Jalisco y Estado de México, ya que no tendrán restricciones para la exportación, ni para la movilización de su producto, además de que al estar libres de esas plagas se eleva la productividad y se obtiene un fruto de mayor calidad.
Para emitir la declaratoria, los técnicos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) constataron la ausencia de las plagas de conformidad con los procedimientos señalados en la Norma Oficial Mexicana NOM-066-FITO-2002, Especificaciones para el manejo fitosanitario y movilización del aguacate.
De igual manera, se aplicaron las medidas fitosanitarias para determinar la ausencia de los barrenadores del hueso del aguacate, establecidas en NOM-069-FITO-1995, Para el establecimiento y reconocimiento de zonas libres de plagas, con base en evaluaciones del estatus fitosanitario que realizaron los técnicos de las delegaciones de la SAGARPA en Nayarit, Jalisco y Estado de México, así como, de la dirección general de Sanidad Vegetal del SENASICA.
El acuerdo establece además las medidas fitosanitarias que deberán aplicarse para mantener y proteger la zona libre de barrenadores del hueso del aguacate, contenidas en las normas anteriormente mencionadas.
Cabe destacar que con estas acciones se cumplen las disposiciones de la meta nacional denominada "México Próspero" del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 orientada a obtener el máximo potencial de México, a través de la promoción del crecimiento de la productividad en un clima de estabilidad económica y una regulación que permita una sana competencia.
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