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- Categoría: AGRARIAS
El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) reitera que la sanidad no es negociable, por lo que todos los acuerdos que se realizan para el intercambio comercial de productos agroalimentarios entre países atienden puntualmente el mandato del artículo tercero de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, en el sentido de que la importación de productos agrícolas debe basarse en criterios científicos y sustentarse legalmente. Es irrestricto el compromiso de este órgano del Gobierno Federal de establecer las medidas fitosanitarias
para asegurar el nivel adecuado de protección, atendiendo en todo momento las normas fitosanitarias que garantizan la salud y la vida de las personas, los animales y las plantas de nuestro país.Es importante destacar que la negociación sobre el eventual comercio bilateral de papa entre México y Estados Unidos no ha terminado y los avances hasta ahora alcanzados se han efectuado con la participación de las agencias sanitarias de ambos países, respetando el derecho de cada nación para lograr un nivel adecuado de protección y proporcionalidad, con medidas científica y técnicamente justificadas.
La presente administración ha demostrado total apertura para tomar acuerdos que privilegien la competitividad de los productores nacionales de papa y la sanidad de la producción agroalimentaria nacional.
Derivado de lo anterior, durante el presente año se han sostenido siete reuniones de alto nivel con integrantes de la Confederación Nacional de Productores de Papa de la República mexicana (Conpapa) para dialogar sobre la eventual importación de papa procedente de Estados Unidos.
Para asegurar la pertinencia y solidez de cualquier posición regulatoria, México cumple y cumplirá el procedimiento de consulta pública, lo cual permite la transparencia a que estamos obligados en este y cualquier otro tema de interés para el sector.
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