- Sábado, 12 Octubre 2013 11:44
En su intervención en el acto protocolario de la entrega del SISGA, el Magistrado del TEPJF Armando Maitret Hernández explicó que el modelo de justicia electoral actualmente existente tiene enormes bondades pues permite la perspectiva local en la solución de controversias locales, de manera tal que en un ato porcentaje de las inconformidades electorales obtienen respuesta satisfactoria en los Tribunales electorales locales.
Así, la revisión en la sede federal de algunas sentencias nunca puede verse como una intromisión indebida en la soberanía de los Estados, sino como una garantía última para los gobernados de que las actuaciones electorales se apeguen a la Constitución Federal y a sus principios.
En lo personal, dijo, “creo que las objeciones a la falta de autonomía de los Tribunales Electorales locales no se soluciona con a medicina que las fuerzas políticas recetan en el acto por México. Hace falta mayores garantías pero la muerte de la justicia electoral no es la solución para la enfermedad.
La colaboración institucional entre el TEPJF y los Tribunales Locales es una forma para fortalecer a éstos pues la utilización de una plataforma común de información (como el SISGA) provoca necesariamente mayor transparencia en el manejo de expedientes y propicia una mejor rendición de cuentas.
El Sistema de Información de la Secretará General de Acuerdos (SISGA) que hoy se hace entrega al Tribunal Electoral del Estdo de Puebla, es un sistema de vanguardia desarrollado bajo una plataforma WEB y que se alberga en el servidor del propio TEPJF con las medidas de seguridad que debe de tener un sistema, con un acceso de usuario y contraseña para su acceso seguro, toda vez que el Sistema va registrando quien entra y qué movimientos va realizando.
Se debe ver al SISGA como una herramienta esencial de trabajo y no como una carga más de trabajo para el ropio órgano jurisdiccional. Este sistema trae consigo gran beneficio como es la recepción rápida y oportuna, la debida integración del expediente, el turno del expediente en potencia y a través de èl se puede dar seguimiento a la instrucción y resolución de los expedientes.
Por lo cual se insiste, contribuye a la transparencia y rendición de cuentas y con ello a la fortaleza de la justicia electoral, tanto federal como local.
En su intervención, el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, Francisco Javier Unanue y Bretón, luego de dar la bienvenida a los visitantes del TEPJF, agradeció la honrosa distinción de otorgar el privilegio de ser la primera entidad federativa que tiene acceso al SISGA.
En este sentido indicó: ”El SISGA contribuye de una manera novedosa a desarrollar los procesos rápida y eficazmente donde el margen de error se minimiza aportando certeza a nuestros mecanismos de control sobre la información relacionada con los procesos electorales”.
Los magistrados, Armando Maitret Hernández del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Sala Distrito Federal y Francisco Javier de Unanue y Bretón del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, concedieron conferencias de prensa que se realizaron por separado, el tema central de las preguntas giró en torno a la creación de Instituo Nacional Electoral.
Ambos Magistrados coincidieron en señalar que la creación del INE sería un retroceso porque :
-Resta autonomía a las entidades federativas.
- Habría que crear una superestructura operativa para el nuevo organismo electoral
-Quedarían sin empleó más de 35 mil trabajadores especializados
-Se necesitarían muchos recursos para liquidar a estos 35 mil trabajadores y quién absorbería los costos y con qué presupuesto?
-Las cargas de trabajo serían enormes porque tendrían que atender elecciones federales y locales al mismo tiempo, además de elecciones locales muy particulares en algunas entidades federativas.
-Pone en crisis la operatividad de las nuevas autoridades electorales.
-Debilita al sistema federal porque otorga a los entes federales un espacio
Constitucionalmente garantizado distinto de la Federación.
-En materia de elecciones, la reforma implica incluir como facultad exclusiva del Congreso (artículo 74) el legislar en materia de elecciones y eliminar el artículo 115, la fracción IV que prevé un ámbito de libertad para las entidades federativas de legislar y organizar a las autoridades encargadas de organizar y resolver los conflictos derivados de las elecciones .
-Puede significar restricciones en el derecho de asociación política.Retroceso en materia de género
-No existen parámetros claros de instrumentación entre lo federal y lo local.
Asimismo coincidieron en mencionar que no hay injerencia de gobernadores en organismos electorales y no tienen influencia en el Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación.
Enn este contexto proponen:
-Mayores facultades a los organismos electores y mayor presupuesto para operación
-Rediseñar los métodos de elección de consejeros y magistrados electorales para evitar que fuerzas políticas tengan injerencia directa en los órganos electorales.
Los magistrados puntualizaron que lo comentarios vertidos fueron hechos a título personal y no de manera institucional.
Asimismo dijeron que se encontraban impedidos legalmente para hacer declaraciones sobre los asuntos electorales que están en proceso, tanto en el TEPJF como en el TEE.
Se prevé que en el transcurso de dos semanas el TEPJF resuelva sobre el asunto relacionado con la sanción (amonestación) que hizo el TEE al candidato electo a la presidencia municipal de Puebla, Antonio Gali Fayad por haberse reunido en un acto de proselitismo político considerado anticipado de campaña.