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- Categoría: PODER EJECUTIVO
En Sesión extraordinaria de Cabildo se aprobó por unanimidad el Dictamen presentado por los integrantes de la Comisión de Gobernación y Justicia, en donde se aprobó el Reglamento para el Municipio de Puebla de la ley que regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el estado de Puebla.
Se tiene como antecedente que el 28 de Junio de 2011 el Congreso del estado aprobó la Ley que Regul a el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla, estableciendo en el artículo 4º transitorio que los Ayuntamientos deben emitir su reglamento respectivo.
De esta manera la capital poblana es el primer municipio del estado en hacer su propio reglamento al respecto en apego a lo dispuesto por el Poder Legislativo.
Con la creación de este reglamento se pretende brindar apoyo y asesoría a todos los ciudadanos del municipio, ya que no tendrán que gastar nada en seguir un procedimiento de mediación para arreglar los conflictos entre vecinos que habiten en una colonia, fraccionamiento o Unidad Habitacional constituida bajo el régimen de condominio
El Síndico Municipal será la autoridad competente para resolver las probables controversias que se susciten entre los condominios a través de un procedimiento arbitral, mismo que se iniciará sólo a petición de una de las partes que se sienta afectada, siendo el administrador del condominio, la mesa directiva o su comité de administración.
Las quejas se presentarán y dirimirán ante la Dirección de Mediación, Conciliación y Arbitraje Condominal, situada en Reforma 126 segundo piso, de lunes a viernes de 9 a 15 horas.
Los Departamentos de Arbitraje y el de Verificación e Inspección, serán las instancias que se harán cargo de atender y conciliar los conflictos vecinales entre condóminos y funcionan a partir de hoy, 26 de abril de 2012.
El procedimiento de arbitraje tiene por objeto resolver las controversias que se susciten con motivo del incumplimiento de las obligaciones por parte de los condóminos, de los administradores o del Comité de Administración, Mesa Directiva, o por violaciones al reglamento Interior o al acta constitutiva del condominio, en términos de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla.
Respecto al procedimiento de arbitraje, la Sindicatura Municipal contará con plena libertad y autonomía para emitir sus laudos e imponer las sanciones previstas por la Ley, siendo un procedimiento para la resolución de controversias que busca proporcionar a las partes la mayor equidad posible.
En el Municipio de Puebla, la ley de Condominio y su reglamento aprobado hoy, benefician aproximadamente a uno de cada cinco de los habitantes de la Ciudad de Puebla.
El Ayuntamiento del Municipio de Puebla asume la responsabilidad de ser promotor de la cultura condominal que persigue la sana convivencia, a través de los procedimientos arbitrales que no implican gastos para las partes en conflicto.
Posteriormente se aprobó por unanimidad el Punto de Acuerdo presentado por los Regidores Miriam Mozo Rodríguez, Matías Rivero Marines, Jaime Zurita García, José Luis Carmona Ruíz, Carlos Ibáñez Alcocer, Roberto Villarreal Vaylón y Julio César Sánchez Juárez en relación a la entrega de la Presea “Puebla de Zaragoza”.
En este punto se autorizó la entrega de la presea para el próximo domingo 6 de mayo en Sesión Solemne de Cabildo.
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