- Linda Zavala
- Categoría: PODER LEGISLATIVO
Las cinco circunscripciones plurinominales (para la elección de diputados federales por el principio de representación proporcional), con base en los acuerdos aprobados por el Consejo General del INE –por unanimidad- quedan conformadas de la siguiente manera:
Primera Circunscripción: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Sonora; con cabecera en Guadalajara, Jalisco. Abarca 60 distritos electorales federales uninominales, 351 municipios y 16 mil 929 secciones electorales.
Segunda Circunscripción: Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas; con cabecera en Monterrey, Nuevo León. Se integra por 62 distritos electorales federales uninominales, 323 municipios y 14 mil 648 secciones electorales.
Tercera Circunscripción: Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán, con cabecera en Xalapa, Veracruz. Integra 60 distritos electorales federales uninominales, mil 44 municipios y 13 mil 25 secciones electorales.
Cuarta Circunscripción: Ciudad de México, Guerrero, Morelos, Puebla y Tlaxcala; con cabecera en la Ciudad de México. Cubre 56 distritos electorales federales uninominales, 407 municipios y demarcaciones territoriales y 12 mil 456 secciones electorales.
Quinta Circunscripción: Colima, Hidalgo, México y Michoacán; con cabecera en Toluca, Estado de México. Incluye 62 distritos electorales federales uninominales, 332 municipios y 11 mil 306 secciones electorales.
Distritos electorales de Oaxaca, Puebla y Sonora
Respecto a la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales locales de Oaxaca, Puebla y Sonora, así como sus respectivas cabeceras distritales, en acatamiento a sentencias emitidas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), las Consejeras y Consejeros Electorales respaldaron lo siguiente:
Oaxaca queda integrada por 25 demarcaciones distritales electorales locales y 570 municipios; Puebla por 26 demarcaciones distritales electorales locales, y Sonora por 21 demarcaciones distritales electorales locales y 87 secciones electorales.
En tanto, aprobó modificaciones al Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa, para armonizarlo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) reformada el 27 de enero del 2017.
Y finalmente, respaldó la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Documentos Básicos del Partido del Trabajo
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