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- Categoría: AGRARIAS
Aclara que los ejemplares de lobina negra (Micropterus salmoides) que sean capturados incidentalmente durante las operaciones de pesca comercial y que al recuperar las artes de pesca se encuentren vivos, deberán ser regresados al embalse en buenas condiciones de supervivencia.
Asimismo, el proyecto precisa que se autoriza la operación de embarcaciones menores que cuenten con un máximo de 10.5 metros de eslora, sin cubierta corrida, con o sin motor fuera de borda. Adicionalmente, especifica el tipo de artes de pesca y cómo deben ser operadas durante el proceso de captura.
En este proyecto de Norma Oficial Mexicana, se establecen las siguientes tallas mínimas de captura para cualquier tipo de aprovechamiento en la presa “La Muñeca”: tilapia azul (Oreochromis aureus) de 220 milímetros de longitud total y carpa común (Cyprinus carpio) de 400 milímetros de longitud total.
La SAGARPA, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), podrá autorizar tallas mínimas de captura diferentes a las antes mencionadas, previa opinión técnica del Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA), mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Destaca también que la SAGARPA concesionará, o permitirá actividades de acuacultura comercial dentro del embalse de la presa, a través de la CONAPESCA, con base en la opinión técnica del INAPESCA, que incluirá al menos: el área de cultivo, las especies, el número y características de las artes de cultivo, la densidad de la siembra, la talla de siembra, las etapas de cultivo, los desdobles o aclareos y la distribución de las artes de cultivo.
Con el propósito de inducir un óptimo aprovechamiento desde el punto de vista biológico, el proyecto de NOM indica que se podrán establecer periodos y zonas de veda para la captura de las especies acuáticas ubicadas este lugar, durante los principales períodos de reproducción, nacimiento y crecimiento de las nuevas generaciones.
Recalca que la SAGARPA, por medio del INAPESCA, se encargará de evaluar el desarrollo de la actividad pesquera y elaborará programas de administración y aprovechamiento del recurso, para lo cual, a través de la CONAPESCA, convocará la participación de los gobiernos estatales, municipales y productores.
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