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México podría escalar en breve al estatus de “riesgo insignificante para EEB” (Encefalopatía Espongiforme Bovina o mal de las vacas locas), lo cual redundará en la apertura de mercados de carne que exigen esta categoría. La SAGARPA cuenta con una red de laboratorios satélite estratégicos para la atención inmediata de casos sospechosos, además de un plan de emergencia para la atención de un brote de EEB, con el objeto de actuar a la brevedad posible: SENASICA.
La Comisión Científica para las Enfermedades Animales de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE, por sus siglas en francés) reconoció los trabajos de México para conservar su estatus como país de “riesgo controlado” para la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB) y sus adelantos para obtener la categoría de “riesgo insignificante”.El Grupo Ad hoc, creado por la OIE para evaluar la situación sanitaria de los países miembros sobre el riesgo de EEB o mal de las vacas locas, resaltó que el muestreo en alimentos para rumiantes y la vigilancia epidemiológica en el ganado aplicados por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) han sido fundamentales para reforzar la posición de México como país de “riesgo controlado” para esta enfermedad.
Los expertos evaluaron las acciones preventivas realizadas por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) para evitar la presencia de la EEB en el país; enfatizaron que la categoría de “riesgo controlado” es muy amplia y se requiere de cierto tiempo de progreso necesario para obtener la calificación de “riesgo insignificante”.
A partir de esta evaluación, la comisión científica consideró que la apropiada aplicación y documentación de la prohibición de alimentar a los bovinos con harinas de carne y hueso de origen rumiante, serán factor clave para que México obtenga la más alta calificación de “riesgo insignificante para EEB”, lo cual redundará en la apertura de mercados de carne de bovino que exigen esta categoría.
Cabe recordar que el país miembro que desee ser reconocido oficialmente por la OIE como libre de esta enfermedad, debe cumplir requisitos establecidos por el Código Sanitario para los Animales Terrestres y el Código Terrestre en materia de EEB.
La Comisión Científica de la OIE es responsable de evaluar si las solicitudes de los países cumplen con las normas establecidas. La evaluación se basa en las recomendaciones del Grupo Ad hoc, conformado por especialistas mundiales en la materia.
Los países miembros con un estatus sanitario “riesgo insignificante” o “riesgo controlado” -oficialmente reconocido por la OIE-, deben presentar cada año un formulario de reconfirmación, y la comisión científica tiene la facultad de ratificar, restituir o suspender el estatus sanitario, cuando determina que las condiciones ya no cumplen con los requisitos del Código Terrestre.
A fin de garantizar que el ganado mexicano continúe libre del mal de las vacas locas, el SENASICA ha emprendido diversas medidas, entre las que destacan las restricciones a la importación de rumiantes vivos, productos y subproductos, procedentes de países afectados o de riesgo indeterminado. Además, se cuenta con normas oficiales mexicanas que prohíben “la utilización de harinas de carne y hueso de origen rumiante en la elaboración de alimentos balanceados para rumiantes”.
En materia de vigilancia epidemiológica, se muestrean bovinos mayores de 30 meses de edad, preferentemente con sintomatología nerviosa, así como aquellos animales muertos sin causa aparente en la unidad productiva; los casos clínicos de enfermedad nerviosa en bovinos son de denuncia obligatoria e inmediata para someterlos a examen de laboratorio.
El SENASICA lleva a cabo también actividades de difusión y capacitación de médicos veterinarios, inspectores, ganaderos y otros profesionales para el reconocimiento de la enfermedad y para promover el reporte oportuno. Igualmente, colabora con países vecinos para evitar que esa enfermedad entre a la región.
La SAGARPA cuenta también con una red de laboratorios satélites estratégicos para la atención inmediata de casos sospechosos, además de que se cuenta con un plan de emergencia para la atención de un brote de EEB, con objeto de actuar a la brevedad posible en caso de que se presentara.
El plan considera acciones tales como un diagnóstico situacional, destrucción y disposición inmediata de los animales infectados y productos de riesgo, cuarentena de los focos de infección, así como la realización de los rastreos y evaluaciones de riesgo correspondientes.
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