expropiaciones-nucleos-agrariosEn cinco años, la SRA ha recuperado más de 2 mil 400 millones de pesos en indemnizaciones a núcleos agrarios

El Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal (Fifonafe), organismo descentralizado de la Secretaría de la Reforma Agraria, ha logrado el pago del 86 por ciento de los adeudos indemnizatorios por concepto de expropiaciones a núcleos agrarios decretadas en la presente administración.

 

En sesión del Comité Té  cnico del Fifonafe, que preside el titular de la SRA, Abelardo Escobar Prieto, se informó que de 122 decretos expropiatorios de tierras ejidales y comunales emitidos, se ha pagado la indemnización correspondiente de 104 y se adeudan 18, cuyo proceso de liquidación está avanzando.

El Fifonafe es la institución facultada para supervisar que las expropiaciones a ejidos y comunidades cumplan con la causa de utilidad pública y verificar que los afectados reciban la indemnización correspondiente.

En los últimos cinco años, se han recuperado más de 2 mil 400 millones de pesos en indemnizaciones por decretos expropiatorios emitidos en su mayoría en administraciones anteriores. Actualmente se trabaja en el abatimiento del adeudo histórico, que tiene su origen en otros, sexenios de 211 millones 930 mil pesos por 223 decretos expropiatorios.

Las expropiaciones a tierras de núcleos agrarios las ejecuta la SRA a solicitud de los gobiernos federales, estatales y municipales que demuestran la causa de utilidad pública y que además acrediten el pago de la indemnización correspondiente.

Dichas expropiaciones son, principalmente para la construcción de infraestructura, como carreteras o presas, o para la regularización territorial.

En esta administración el Fifonafe ha realizado 90 supervisiones de decretos expropiatorios emitidos por diferentes gobiernos, determinándose que en el 28 por ciento de los casos no se cumplió con la causa de utilidad pública.

Además, el organismo promueve en diferentes tribunales agrarios 127 juicios de reversión de tierras de expropiaciones, decretadas en diferentes años, por no cumplir con la causa de utilidad pública o porque después de cinco años las tierras no se destinaron para lo que fueron expropiadas.